jueves, abril 16, 2026
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FEDAPUR Y PAOT BUSCAN ROBUSTECER CARPETA PENAL DEL BAR “TOLEDO ROOF TOP”

  • Bar “Toledo Roof Top” es un lamentable ejemplo de violaciones a la normatividad urbana que no debemos permitir más
    en esta Ciudad: Mariana Boy Tamborrell

A raíz de una denuncia penal interpuesta por la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT), el día de hoy se realizó una inspección al inmueble ubicado en Toledo 39, colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc,
conducida por la Fiscalía Desconcentrada de Investigación en Delitos Ambientales y Protección Urbana (FEDAPUR), en conjunto con personal de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil y del Instituto para la Seguridad de las Construcciones.

Durante dicha diligencia, personal técnico de PAOT realizó mediciones de las áreas, contabilizó niveles y confirmó la presencia del bar en el último piso, con objeto de aportar elementos para acreditar las irregularidades en materia urbana del “Toledo Roof Top”.

“La impaciencia de los vecinos sobre la operación del bar Toledo Roof Top es comprensible, pues este caso ha sido objeto de una larga controversia jurídica; no obstante ello deben tener la seguridad de que sigue siendo un asunto prioritario para la PAOT toda vez que representa un lamentable ejemplo de violaciones a la normatividad urbana, que no debemos permitir más en esta Ciudad”, señaló la Procuradora Mariana Boy Tamborrell.

La titular de la Procuraduría Ambiental recordó que existe una resolución administrativa desde el 10 de septiembre de 2018 sobre este predio, en la que se determinó que en el inmueble de ocho niveles de altura, opera el mencionado bar en violación a la Norma General de Ordenación No. 8 que establece que por encima de los niveles especificados en la zonificación, solo se permite la naturación de azoteas y colocación de celdas solares, antenas y otros elementos, pero en ningún momento faculta para la operación de un bar.

Además, de acuerdo con el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para Cuauhtémoc, en el predio se permiten únicamente cinco niveles máximos de construcción, por lo que en el inmueble persisten tres niveles excedentes.

Por contravenir las disposiciones legales en materia de desarrollo urbano actualmente se encuentran activos dos juicios, un Juicio de Acción Pública y un Juicio de Lesividad. En lo que respecta al Juicio de Acción Pública, interpuesto por vecinos y en el cual la PAOT cuenta con la calidad de autoridad garante del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia ambiental y del ordenamiento territorial, se solicitó al juzgador declarar nulos los Certificados de Zonificación, el Aviso de realización de obras y el Permiso de impacto vecinal, al amparo de los cuales el particular construyó el octavo nivel donde opera el mencionado establecimiento mercantil.

El 18 de febrero de 2019 se obtuvo sentencia que declaró la nulidad de los actos impugnados y ordenó la demolición de los tres niveles excedentes del inmueble, misma que fue impugnada por la contraparte mediante recursos de apelación, por lo que obtuvo la revocación de la sentencia.

Ante esta circunstancia los vecinos promovieron demanda de amparo indirecto, ante el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en donde PAOT como tercero interesado, realizó manifestaciones argumentando que debe otorgarse el amparo a los quejosos.

El juicio mencionado se encuentra pendiente de resolución.

En lo que respecta al Juicio de Lesividad interpuesto por la Alcaldía Cuauhtémoc, en donde la PAOT participa como tercero interesado, se buscó también que se declare la nulidad del Permiso de Impacto Vecinal folio 3770, en virtud de que fue expedido en contravención a la Norma General de Ordenación No. 8 “Instalaciones permitidas por encima del número de niveles” que establece el PDDU para Cuauhtémoc.

El 22 de febrero de 2019, se obtuvo sentencia favorable al determinarse la nulidad del citado Permiso; no obstante lo antes mencionado, la persona moral demandada interpuso recurso de apelación, mismo que está pendiente de resolución.