LA DIP. MAXTA GONZÁLEZ SOLICITA MÁS TRANSPARENCIA EN LAS JORNADAS ELECTORALES; QUE EL ESCRUTINIO DE VOTOS SEAN TRANSMITIDOS EN VIVO.
La diputada de la Cuauhtémoc, Maxta Irais González Carrillo presentó una iniciativa para establecer que, durante la jornada electoral, en el momento del escrutinio de votos, se pueda realizar la transmisión en vivo desde la casilla.
Ante el pleno del Congreso de la Ciudad de México, enfatizó la necesidad de fortalecer el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México. Su propuesta es que se permita que ya sea los funcionarios de casilla, representantes de partidos u observadores electorales, puedan realizar la transmisión en vivo de todo lo que ocurre.
Expuso que, de esa manera, en los procesos electorales donde se elija a la persona encargada de la jefatura de gobierno, a los diputados locales, alcaldes y concejales, se inhibirán acciones ilegales. Y sobre todo cualquier persona desde su computadora o teléfono móvil podrá dar seguimiento al conteo de votos. “La presente iniciativa busca aprovechar los recursos tecnológicos, en beneficio de la democracia y la transparencia”.
Recordó el antecedente que durante el proceso electoral 2020-2021 realizado en la capital, se llevó a cabo la transmisión en vivo de los cómputos en los 33 consejos distritales, a través de las plataformas del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
La congresista del Grupo Parlamentario del PRI subrayó que las nuevas tecnologías son parte fundamental en el desarrollo de los procesos electorales. Todo esto origina que los ciudadanos estén cada vez más involucrados en las campañas políticas.
“Avanzaremos aún más en la transparencia en materia electoral, al mismo tiempo que se podrá dar mayor certeza a la población en general de que hay elecciones limpias y evitar cualquier práctica contraria a la ley y la democracia que afecten el proceso electoral o a algún candidato o candidata”.
Las reformas al inciso f) del párrafo octavo; al inciso t) del párrafo noveno del artículo 36; a la fracción I del artículo 418; al párrafo segundo del artículo 422; y a la fracción IX del artículo 443 del mencionado Código serán analizadas y dictaminadas por la Comisión de Asuntos Político-Electorales.