martes, abril 28, 2026
CONGRESO CDMX

Analizan en comisiones del Congreso de la Ciudad de México las iniciativas para sancionar el robo que se comete utilizando juguetes con apariencia de armas de fuego

• El Poder Legislativo recibió las propuestas de reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales y al artículo 19 de la Constitución Política federal que envió el Jefe de Gobierno
• Con las propuestas también se plantea la prisión preventiva en delitos de narcomenudeo, armas de fuego, feminicidio, extorsión y robo a casa-habitación
Las comisiones de Administración y Procuración de Justicia, así como la de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas del Congreso de la Ciudad de México analizarán y dictaminarán las iniciativas de reformas y adiciones al Código Nacional de Procedimientos Penales, y al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enviadas por el Jefe de Gobierno, José Ramón Amieva Gálvez.
 
Las propuestas se hicieron del conocimiento del Pleno de sesiones y se turnaron a las comisiones respectivas. En el caso de la iniciativa relacionada con el Código Nacional de Procedimientos Penales, se busca adicionar un párrafo segundo al artículo 167, recorriéndose los subsecuentes y reformar el párrafo cuarto del mismo artículo y el artículo 170.
 
El objetivo es que el Ministerio Público podrá solicitar la medida cautelar de prisión preventiva, cuando los hechos que se atribuyen al imputado sean los que la ley señala como delito de robo calificado, al cometerse utilizando juguetes u otros objetos que tienen la apariencia, forma o configuración de armas de fuego o de pistolas de municiones, o aquellas que arrojen proyectiles a través de aire o gas comprimido.
 
Además, se propone que el Juez de control, en el ámbito de su competencia, ordenará la prisión preventiva oficiosamente en el caso de delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo; así como en materia de armas de fuego y explosivos, feminicidio, extorsión y robo a casa-habitación.
 
En esta propuesta, el titular del Ejecutivo local también plantea reformar el Capítulo I, del título Décimo Séptimo, relacionado con delitos contra la seguridad colectiva del Código Penal local y modificar el artículo 251 del mismo ordenamiento para imponer prisión de tres meses a tres años o de 90 a 360 días de multa a quien porte, fabrique, venda, importe o acopie sin un fin lícito instrumentos que puedan ser utilizados para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales o recreativas, atendiendo a las referencias de tiempo, modo y lugar.
 
La reforma propuesta al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos también se relaciona con la solicitud que puede hacer el Ministerio Público con relación la prisión preventiva.