PAOT LOGRA PRIMERA SENTENCIA PENAL CONDENATORIA POR VIOLACIONES A DISPOSICIONES DE DESARROLLO URBANO
- La sentencia penal se logró en el caso del inmueble ubicado en Baja California 370 que excedió en 23 metros de altura a lo permitido por el Programa Parcial.
- Actuaremos hasta sus últimas consecuencias cuando existan abusos claros y reiterados por parte de desarrolladores: Mariana Boy.
El pasado 26 de noviembre de 2019, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJ) emitió sentencia condenatoria con pena de ocho meses de prisión y una multa de 12 mil 531 pesos, así como con la suspensión para desempeñar la profesión de arquitecto por un periodo igual a la pena, al representante legal de la empresa constructora y propietaria del inmueble ubicado en Baja California 370, colonia Hipódromo, alcaldía Cuauhtémoc, por su autoría en la comisión del delito de “Responsabilidad de Corresponsable de Obra”.
Éste es un gran logro para la Ciudad y para la PAOT, ya que es la primera denuncia penal presentada por PAOT desde 2002, en la que se vincula a proceso a los imputados, uno en calidad de DRO (Director Responsable de
Obra) y el otro como representante legal de la persona moral propietaria del inmueble, y se condena penalmente por lo pronto al representante legal, pues el procedimiento penal en mención en contra del DRO se encuentra aún pendiente de resolverse.
Fue en julio de 2019 pasado que se logró vincular a proceso penal a los probables responsables de la construcción gracias a la estrecha coordinación que existe actualmente entre PAOT y la Fiscalía Especializada
en Delitos Ambientales y Protección Urbana (FEDAPUR) de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.
En 2016 una denuncia ciudadana alertó a PAOT sobre las presuntas irregularidades en que incurría el desarrollador de la obra, que pese a ser clausurada en diversas ocasiones, continuó hasta alcanzar una altura
de 47 metros, en contravención de la zonificación establecida en el Programa Parcial de Desarrollo Urbano “Hipódromo” del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Cuauhtémoc que sólo permite 24 metros de altura como máximo y 20 por ciento de área libre como mínimo.
Incluso por este mismo asunto, también se logró que en abril de 2019 el Tribunal de Justicia Administrativa ordenara mediante sentencia la demolición de los siete pisos excedentes que habían sido edificados de
manera ilegal, sentencia que hoy está impugnada por el desarrollador.
“En PAOT tenemos toda la determinación para actuar y llegar hasta sus últimas consecuencias en los casos donde existan claramente abusos por parte de los desarrolladores, por lo que reitero nuevamente nuestro llamado a respetar y apegarse a las disposiciones jurídicas en materia de desarrollo urbano, ya que prácticas como las del caso Baja California 370 no sólo dañan el territorio, sino que atentan contra la calidad de vida de los capitalinos”, señaló la Procuradora Ambiental y del Ordenamiento Territorial, Mariana Boy Tamborrell.