domingo, mayo 10, 2026
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“VICIOS DE PROCEDIMIENTO” DE LAS COMISIONES DEL CONGRESO CDMX, PUDIERAN EVITARSE SI EXISTIERA UN COMITÉ DE ÉTICA

Por Graciela Tenorio

Ante las innegables fallas que se han realizado en diversos procedimientos legislativos, la que destaca en estos momentos es la dictaminación de la Iniciativa presentada por Morena para reducir el presupuesto del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), al pretender desaparecer las áreas de Unidad Técnica de Fiscalización; Centro de Formación y Desarrollo; Unidad de Vinculación con Organismos Externos; Unidad de Género y Derechos Humanos y la Unidad Técnica de Archivo, Logística y Atención a Órganos Desconcentrados.

La Comisión de Asuntos Político-Electorales fue la encargada de dictaminar la Iniciativa en mención.
Ésta Comisión la integran los diputados Marco Antonio Temístocles Villanueva Ramos (Presidente); Maxta Iraís González Carrillo (Vicepresidenta); Ricardo Rubio Torres (Secretario); Esperanza Villalobos Pérez (Integrante 1); Alicia Medina Hernández (Integrante 2); José Octavio Rivero Villaseñor (Integrante 3); Yuriri Ayala Zúñiga (Integrante 4); Diego Orlando Garrido López (Integrante 5) y Gabriela Quiroga Anguiano (Integrante 6).
En entrevista exclusiva con Periódico LEO, el diputado Ricardo Rubio aseguró no haber sido convocado para la sesión extraordinaria de la Comisión de Asuntos Político-Electorales. A pregunta expresa para saber si él había firmado de acuerdo a la dictaminación, manifestó que “el presidente firmó de “mutuo propio el acta”.

Abundó diciendo que: “En la propia sesión ya se encontraba fungiendo como secretaria la diputada Yuriri Ayala, lo que es un vicio de procedimiento, ya no podía ser secretario porque yo iba a tomar parte activa en la discusión del dictámen, entonces decliné la posibilidad de hacerlo, pero debió de ser desde el principio el que su servidor fuera el secretario, ése es uno de los vicios, pero hay muchos, tampoco se fundamentó jamás cuál era la necesidad de sacar el asunto de manera extraordinaria, urgente, sin la firma del secretario”.

“Recordemos que hay dos tipos de sesiones, la ordinaria y la extraordinaria, ésta última tiene que tipificarse porque somos autoridades y todos nuestros actos tienen que fundarse y motivarse, la motivación es la justificación de los hechos, de los actos, de nosotros como autoridades; si no hay una justificación, una motivación, entonces es un acto que está plagado o viciado formal de origen, lo cual es un vicio de procedimiento, esto de acuerdo con la Corte; son vicios que son anulables y que dan origen a la nulidad del acto parlamentario, en éste caso, de la Reforma”.

Siendo explícito manifestó que “al haber vicios hay una violación a la autonomía del Instituto y al ser violatoria de la autonomía del Intituto Electoral, esta Reforma compromete su constitucionalidad por cuanto hace al fondo, porque el Instituto tiene la facultad de poder nombrar libremente sus organismos o unidades internas para mejor proveer o actuar en su organización interna, y al privarle el derecho de tener sus unidades y determinar cómo las distribuye o cómo las reduce por ellos mismos, es decir, que se autocomponga el Instituto, se viola también la autonomía constitucional de los órganos autónomos electorales que preve el Artículo 41 de la Constitución”.

“Por eso mismo, en cuanto a la forma y en cuanto al fondo, esta es una Iniciativa que nace muerta y que acarrea serios vicios de inconstitucionalidad”, sentenció.

Lo grave es que al no existir un código de ética que regule el proceder en las diversas comisiones del Congreso de la Ciudad de México, sólo se daría una “responsabilidad moral, no una responsabilidad formal”, lo que al final deja “un vicio de procedimiento” y mientras el Presidente de la Mesa Directiva no llame a formar el Comité de Ética, los vicios de procedimiento seguirán siendo causales, no casuales.