jueves, mayo 7, 2026
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Avanza en Comisión Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México

·         El dictamen establece de tres a seis años de prisión, así como multa de 500 a 15,000 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, a quien atente contra el marco normativo

La Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana en el Congreso local, aprobó el dictamen con modificaciones por el que se abroga la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal y se expide la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México, suscrita por la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo.

El proyecto aprobado, tiene por objeto regular la instalación, distribución, mantenimiento, permanencia y retiro de los medios publicitarios en el espacio público o en cualquier otro bien visible desde el exterior.

Al exponer el dictamen, el diputado Víctor Hubo Lobo Román (PRD), presidente de la comisión, resaltó que, sin duda, los derechos y obligaciones de las autoridades y los medios publicitarios sirven de sustento para el objetivo inicial de esta iniciativa que es establecer un marco normativo claro que regule esta actividad, reconociéndola como relevante para el desarrollo económico de la ciudad y entendiendo la publicidad como un mecanismo propicio para la comunicación gráfica de mensajes comerciales, refirió.

Al tomar la palabra, la diputada Gabriela Salido Magos (PAN), planteó que en la iniciativa falta integrar a la micro, pequeña y mediana empresas como motores de la reactivación económica de la ciudad, por lo que pidió incluir en el proyecto una generación de oportunidades a todos los capitalinos.

El legislador Lobo Román informó que a propuesta de la diputada Gabriela Salido, se modifica el artículo 4 de la fracción VII incluyendo el término de ‘Autosoportado’. Además, se incluyó la definición de ‘equipamiento auxiliar de transporte’, como el espacio donde se ubicaría el anuncio publicitario en el transporte público de pasajeros y, finalmente la definición de ‘espacio público’.

De igual manera, se planteó la modificación al artículo 7, relativo a las ‘atribuciones de la Secretaría’, relativa a la determinación de los ‘corredores publicitarios’, al igual que el artículo 15, referente a la prohibición de algunos medios publicitarios.

Otra de las modificaciones planteadas, fue la del artículo 38 sobre ‘la instalación de medios publicitarios denominativos de una superficie mayor a los 5 metros cuadrados se deberá obtener licencia ante la alcaldía’.

En su intervención, el diputado Jesús Sesma Suárez (Asociación Parlamentaria Alianza Verde Juntos por la Ciudad), sugirió la modificación del artículo 6, para quedar: ‘el contenido de la propaganda electoral se regirá por las disposiciones de las leyes electorales’, en virtud de que la actual redacción es contradictoria porque por un lado dice que se regirá por ‘la normatividad de la ley en la materia’, y por otro lado plantea que se sujetará a lo previsto por esta ley, detalló el legislador. Asimismo, propuso una adición al segundo párrafo del artículo séptimo transitorio.

El dictamen se remitirá a la Mesa Directiva del Congreso, para ser discutido en sesión ordinaria del pleno.