En Congreso de la Ciudad de México se garantiza eficacia de medidas provisionales en procedimientos de orden familiar atendiendo al principio de jerarquía normativa: Diputada Yolanda García
El Congreso capitalino aprobó el dictamen a la iniciativa para reformar los artículos 554, 556, 569, 655 y 665; derogar el artículo 661; y adicionar un párrafo segundo al artículo 556 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, en materia de divorcio bilateral y medidas provisionales que se emiten en los juicios del orden familiar, promovido por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.
En su intervención, la diputada Yolanda García Ortega (PVEM) explicó que con esta propuesta se elimina la posibilidad de tramitar el divorcio ante notario público atendiendo al principio de jerarquía normativa establecido en la Constitución Política federal, donde se indica que los actos del estado civil de las personas son de exclusiva competencia de las autoridades administrativas.
Comentó que con estos cambios se garantiza que la disolución se desahogue en instancias que cuenten con la competencia legal correspondiente, con lo cual se accederá a trámites de manera accesible y con plena protección a las partes involucradas.
Asimismo, comentó que la reforma también propone dotar a órganos jurisdiccionales en materia familiar de los instrumentos más eficaces para garantizar el cumplimento oportuno de medidas provisionales en juicios de este orden, para proteger derechos de grupos prioritarios, estableciendo un plazo claro de tres días para su cumplimiento sin mayor dilación procesal.
Lo anterior, específicamente en lo relativo a la pensión alimenticia, guarda y custodia, así como al régimen de visitas y convivencias; estableciendo mecanismos para su supervisión y revisión periódica, bajo una perspectiva de protección integral y atendiendo al principio del interés superior de la niñez.